Anulan condena contra Carlos Mattos
El Tribunal Superior de Bogotá anuló la condena de 9 años de cárcel contra el empresario Carlos Mattos Barrero, quien había sido condenado por el soborno de funcionarios judiciales para obtener decisiones favorables a su empresa.
De acuerdo con la corporación, “para acceder a la rebaja de la pena en caso de allanamiento o hacer procedente el preacuerdo, debe reintegrar por lo menos el 50 por ciento del valor equivalente al incremento percibido y asegurar el recaudo del remanente”.
En un documento de 8 páginas, la Sala Penal del Tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Poveda Perdomo, resolvió la apelación que había interpuesto la defensa de Mattos a la condena del 9 de mayo de este año.
La decisión recoge que en 2015, cuando la empresa coreana Hyundai Motor Company le retiró el derecho de distribución exclusivo de sus vehículos a Hyundai Colombia Automotriz, empresa de Mattos, la compañía nacional interpuso una demanda civil el día 29 de febrero de 2016.
Mediante fraude, Mattos logró que su proceso se direccionara al Juzgado 6°. Civil del Circuito de Bogotá “porque previamente había acordado con Reinaldo Huertas, titular de ese despacho, y Dagoberto Rodríguez Niño, oficial mayor, el pago de coimas para que se decretara una medida cautelar favorable a los intereses económicos del procesado”.
Gracias a la medida cautelar que se impuso en abril de 2016, la empresa de Mattos pudo seguir con la distribución exclusiva de los carros Hyundai, lo que lo benefició a él frente a su contraparte, “ya que fortaleció su capacidad negocial y logró que se suscribiera un contrato de transacción favorable a sus intereses económicos”, dice el Tribunal.
Por esos hechos, el empresario fue condenado el 9 de mayo pasado por cohecho por dar u ofrecer, en concurso con daño informático agravado. Aunque la condena originalmente era de 11 años y cuatro meses de cárcel, Mattos logró una rebaja de la sexta parte de la pena por aceptación de cargos, y la pena le quedó en 9 años y cinco meses de prisión.
Si bien el Tribunal estaba estudiando la apelación de la defensa de Mattos, consideró que en el proceso se había afectado la legalidad, puesto que si una persona obtuvo un incremento patrimonial como consecuencia de la comisión de delitos, la norma establece que para acceder a la rebaja de la pena por allanamiento debe reintegrar por lo menos el 50 por ciento del valor equivalente al incremento patrimonial y asegurar el recaudo del remanente.
Así pues, el Tribunal resalta que Mattos “repartió dinero corrompiendo funcionarios y empleados judiciales con el propósito de hacer más próspera su empresa”, por lo que “pudo haber obtenido un incremento patrimonial como consecuencia de la medida cautelar decretada por el juez corrupto, porque así mantuvo la exclusividad en la comercialización de los vehículos de la casa automotriz Hyundai”.
Tomado de: El Tiempo