{"id":15638,"date":"2025-06-24T17:32:38","date_gmt":"2025-06-24T22:32:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.conexioncesar.com\/?p=15638"},"modified":"2025-06-24T17:33:49","modified_gmt":"2025-06-24T22:33:49","slug":"el-cancer-que-carcome-los-derechos-de-autor-en-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conexioncesar.com\/index.php\/2025\/06\/24\/el-cancer-que-carcome-los-derechos-de-autor-en-colombia\/","title":{"rendered":"El \u2018c\u00e1ncer\u2019 que carcome los derechos de autor en Colombia"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Uriel Ariza-Urbina<\/p>\n\n\n\n<p>El fallo reciente de un juez contra el municipio de C\u00facuta por la infracci\u00f3n a los derechos de autor, pone una vez m\u00e1s en alerta a los alcaldes y autoridades sobre los requisitos de ley para la ejecuci\u00f3n de obras musicales en espect\u00e1culos p\u00fablicos. La condena ratifica la invalidez de un paz y salvo emitido por la empresa D\u00ednalo-Upidir de obras que representa legalmente la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia, Sayco.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta ocasi\u00f3n, a\u00fan en contra de la decisi\u00f3n de un juez, se permiti\u00f3 un concierto violando la propiedad intelectual y el derecho de los autores por la titularidad de las obras, por lo que el municipio deber\u00e1 pagar una suma millonaria. \u201cLlamamos a todas las autoridades del pa\u00eds de abstenerse de permitir la ejecuci\u00f3n de obras musicales en espect\u00e1culos p\u00fablicos sin que las licencias provengan de los verdaderos titulares\u201d, advierte Ricardo G\u00f3mez Dur\u00e1n, Director Jur\u00eddico de Sayco, la entidad que representa a m\u00e1s de diez mil autores y compositores en el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>En Colombia un gestor individual pueda cobrar de manera ilegal los derechos de autor en un espect\u00e1culo p\u00fablico para su beneficio, sin que su creador se entere. \u00bfC\u00f3mo es posible que esto ocurra si hay una reglamentaci\u00f3n que protege los derechos de una obra? El problema sigue persistiendo sin que las autoridades logren controlar algo que perjudica a los autores y crea conflictos con las sociedades de gesti\u00f3n colectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Hay un debate en los \u00faltimos a\u00f1os entre las sociedades de gesti\u00f3n colectiva, entes reguladores, empresarios, autoridades municipales y los propios autores y compositores, mientras el fen\u00f3meno se presenta en varias regiones del pa\u00eds y aparecen nuevas organizaciones de gestores individuales tratando de apropiarse de recursos ajenos. El \u00fanico control que tienen los gestores individuales es a trav\u00e9s de acciones judiciales por parte de Sayco para proteger las obras que representa.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con G\u00f3mez Dur\u00e1n, esta irregularidad tiene origen en una sentencia de la Corte de 2004 que, en el intento de fortalecer la titularidad de los derechos en cabeza de su autor y la figura del gestor individual, termin\u00f3 haciendo m\u00e1s compleja la gesti\u00f3n del mismo derecho. \u201cLo que hacen algunos gestores individuales es hacer una gesti\u00f3n colectiva impropia para adue\u00f1arse de los derechos de autor y licenciar el uso de obras que no representan, suplantando a las sociedades de gesti\u00f3n colectivas que administran m\u00e1s del 98 por ciento las obras musicales en el pa\u00eds\u201d.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"557\" src=\"https:\/\/www.conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9-1024x557.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-15639\" srcset=\"https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9-1024x557.jpeg 1024w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9-300x163.jpeg 300w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9-768x417.jpeg 768w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9-1140x620.jpeg 1140w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/23359669-FF66-4ACC-BA75-F2AC0FF244C9.jpeg 1170w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Es preciso aclarar que para disponer de una obra musical en p\u00fablico se debe contar con una licencia autorizada, pero una licencia de una sociedad de gesti\u00f3n colectiva, como Sayco, es distinta a la de un gestor individual y all\u00ed se presentan confusiones. \u201cLa ley le permite a Sayco no tener que detallar en dicha licencia los millones de obras que representa en todo el mundo, gracias a la \u2018legitimaci\u00f3n presunta\u2019, mientras que el gestor individual, o titular del derecho, debe identificar en su licencia las obras que representa y los contratos con los titulares de esas obras\u201d, explica el abogado G\u00f3mez Dur\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, estas normas no se cumplen \u201cpor una mala interpretaci\u00f3n de la ley y tambi\u00e9n por acuerdos \u2018non santos\u2019 entre los gestores individuales y autoridades municipales y policivas\u201d. Existe tambi\u00e9n la creencia err\u00f3nea de que solo se necesita un paz y salvo de derechos de autor para la ejecuci\u00f3n de obras musicales, ya que la citada sentencia permite que las licencias no solo sean expedidas por Sayco sino por gestores individuales u otras modalidades de organizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCualquier persona que dice haber escrito una obra musical podr\u00eda entonces licenciar a un bar o un concierto para difundir la m\u00fasica que quiera, porque seg\u00fan algunos lo \u00fanico que exige el C\u00f3digo de Polic\u00eda es un paz y salvo, y eso no es cierto\u201d, explica G\u00f3mez Dur\u00e1n. Nadie puede licenciar obras que no sean de su titularidad, pero los gestores individuales lo hacen amparados en este equ\u00edvoco. Otro factor que facilita la labor fraudulenta del gestor individual es el bajo costo que exige, comparado con el de la sociedad de gesti\u00f3n colectiva, y la raz\u00f3n es que el gestor no retribuir\u00e1 ese dinero al autor, sino que se lo apropiar\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>Al respecto, Carolina Romero, directora de la Direcci\u00f3n Nacional de Derechos de Autor, afirma que \u201calgunos gestores individuales obedecen lo establecido y otros eluden las obligaciones jur\u00eddicas, dando lugar a que se presenten serios problemas con la representaci\u00f3n de los titulares de las obras, y para lo cual la entidad busca establecer barreras legales\u201d, como una ley de derechos de autor que permita sancionar a los gestores individuales que no cumplan con las normas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, Sayco hace advertencias p\u00fablicas a las autoridades municipales y gestores individuales sobre la emisi\u00f3n de licencias que violan el r\u00e9gimen de protecci\u00f3n de derechos de autor, aunque en muchos casos se desatienden dichas obligaciones, como sucedi\u00f3 en 2017 en las Fiestas de Villa del Rosario, Norte de Santander, en la que un juzgado sancion\u00f3 a la organizaci\u00f3n D\u00ednalo-Upidir a retornar el dinero recaudado indebidamente, y as\u00ed Sayco pudo distribuirlo a sus verdaderos autores y due\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Las empresas Anaicol y Angedaycol, que operan de manera conjunta, tambi\u00e9n han sido condenadas por la Superintendencia de Industria y Comercio a pagar 400 millones de pesos por licenciar obras que no representan. G\u00f3mez Dur\u00e1n aclara que \u201cno todos los gestores individuales est\u00e1n violando la ley, ya que tienen todo el derecho de representar a los titulares de las obras bajo autorizaci\u00f3n, pero lo que no es legal es emitir una licencia irregular, recaudar dinero y quedarse con \u00e9l\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de los procesos judiciales mencionados, \u201cSayco ha venido implementando desde 2018 una acci\u00f3n de manera inmediata, como las medidas cautelares, cuando los empresarios no quieran cancelarle a Sayco o lo hayan hecho a un gestor individual, lo cual permite suspender la ejecuci\u00f3n de las obras que Sayco representa legalmente hasta tanto no se emita la licencia pertinente\u201d, agrega G\u00f3mez Dur\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"657\" src=\"https:\/\/www.conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/A14A4BED-E15F-41A4-A03F-F485A5B44A50-1024x657.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-15640\" srcset=\"https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/A14A4BED-E15F-41A4-A03F-F485A5B44A50-1024x657.jpeg 1024w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/A14A4BED-E15F-41A4-A03F-F485A5B44A50-300x193.jpeg 300w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/A14A4BED-E15F-41A4-A03F-F485A5B44A50-768x493.jpeg 768w, https:\/\/conexioncesar.com\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/A14A4BED-E15F-41A4-A03F-F485A5B44A50.jpeg 1170w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>En estos momentos, \u201cSayco no solo est\u00e1 demandando al municipio que omite la norma y autoriza el espect\u00e1culo, sino al empresario que contrata el paz y salvo y al gestor individual que lo emite\u201d, enfatiza el Director Jur\u00eddico de Sayco. Ya hay acciones en tr\u00e1mite en Casanare, Neiva, La Guajira, Huila, Tolima, Santanderes y otras regiones. Los gestores individuales suelen tener oficinas en municipios peque\u00f1os, en donde difunden informaci\u00f3n falsa sobre las normas de derecho de autor a trav\u00e9s de la voz a voz y emisoras de radio para confundir a las autoridades locales y empresarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Sayco exhorta una vez m\u00e1s a las alcald\u00edas a que hagan la validaci\u00f3n de los requisitos establecidos en la Ley 1493 de 2011 para la autorizaci\u00f3n de espect\u00e1culos p\u00fablicos, los cuales incluyen, entre otros, la revisi\u00f3n de la documentaci\u00f3n pertinente y el cumplimiento de las normativas relacionadas con derechos de autor y seguridad p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>La oficina jur\u00eddica de Sayco, con el fin de proteger a sus socios autores y compositores, est\u00e1 estudiando varias alternativas para frenar el actuar impropio de algunos gestores individuales. Se analizan varias estrategias, como un proyecto de ley que permita que ciertos derechos de comunicaci\u00f3n p\u00fablica se manejen de manera exclusiva por la gesti\u00f3n colectiva, para detener el \u2018c\u00e1ncer\u2019 que carcome los cimientos de los sagrados derechos de autor en Colombia.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Uriel Ariza-Urbina El fallo reciente de un juez contra el municipio de C\u00facuta por la infracci\u00f3n a los derechos de autor, pone una vez m\u00e1s en alerta a los alcaldes y autoridades sobre los requisitos de ley para la ejecuci\u00f3n de obras musicales en espect\u00e1culos p\u00fablicos. 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