Informe Especial

La batalla cultural de De la Espriella: ¿defensa de los valores tradicionales o riesgo para el pluralismo en Colombia?

El presidente anunció una “contrarrevolución cultural” contra el wokismo y propuso recuperar el nombre de Ministerio de Cultura y Patrimonio. El debate trasciende la disputa ideológica: enfrenta la facultad del Gobierno para orientar la política cultural con los límites constitucionales que protegen la diversidad, la libertad de expresión y la memoria histórica. En Colombia y el Cesar, el alcance de esta ofensiva dependerá menos de los discursos que de las decisiones administrativas, los recursos públicos y su respeto por la ley.

La decisión del presidente Abelardo de la Espriella de abrir una “lucha abierta, decidida y patriótica contra el wokismo” pone la cultura en el centro de la confrontación política. El mandatario sostiene que las instituciones públicas no deben utilizarse para promover ideologías y plantea recuperar los valores tradicionales, fortalecer la identidad nacional y proteger el patrimonio. En su primera visita al Ministerio de Cultura, anunció que la entidad volvería a llamarse Ministerio de Cultura y Patrimonio y ordenó retirar de espacios públicos del Gobierno representaciones que considera una apología del terrorismo, entre ellas imágenes del excomandante del M-19 Carlos Pizarro.

El anuncio no es menor. Cuando un presidente convierte la cultura en uno de los frentes centrales de su proyecto político, la discusión deja de ser exclusivamente simbólica: puede incidir en la financiación de proyectos artísticos, los contenidos de programas públicos, la conservación de monumentos, las políticas de memoria y los criterios para distribuir recursos a las organizaciones culturales.

Pero ¿qué significa combatir el wokismo? El término, utilizado con frecuencia de manera despectiva contra posiciones progresistas, no tiene una definición jurídica única. En el discurso político suele agrupar debates sobre género, diversidad sexual, lenguaje inclusivo, racismo, memoria histórica y reconocimiento de grupos históricamente excluidos. Esa amplitud obliga a preguntar qué medidas concretas adoptará el Gobierno y bajo qué criterios determinará que una expresión cultural es adoctrinamiento y no una manifestación legítima de la libertad artística.

El límite jurídico: gobernar no significa imponer una única visión cultural

La Constitución de 1991 establece un marco que obliga a cualquier gobierno, independientemente de su orientación ideológica. El artículo 1 define a Colombia como un Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista; el artículo 7 reconoce y protege la diversidad étnica y cultural; y el artículo 13 garantiza la igualdad. A su vez, los artículos 20, 70 y 71 protegen la libertad de expresión, el acceso a la cultura y la libertad de creación artística.

Este conjunto de normas no impide que el presidente defienda la familia, las tradiciones, la religión o una determinada interpretación de la identidad nacional. Tampoco obliga al Estado a respaldar todas las expresiones culturales con recursos públicos. Sin embargo, sí exige que las decisiones estatales respeten los derechos fundamentales, se ajusten a la ley y no conviertan una preferencia política en un criterio arbitrario de exclusión.

El argumento gubernamental tiene un punto legítimo: los recursos públicos deben administrarse con transparencia y las instituciones no deberían convertirse en aparatos de propaganda partidista. El problema aparece si, bajo la etiqueta de combatir el adoctrinamiento, se excluyen obras, artistas, colectivos o comunidades simplemente porque sus ideas incomodan al Gobierno.

La libertad de expresión protege también opiniones impopulares, críticas al poder y manifestaciones artísticas que contradicen las creencias mayoritarias. La Corte Constitucional ha reiterado que su protección abarca expresiones que pueden resultar chocantes o contrarias a las posturas dominantes. Por eso, calificar una obra como ideológica o polémica no basta, por sí solo, para justificar su censura.

Hay, además, una diferencia jurídica entre decidir qué símbolos exhibe una entidad pública y prohibir que esos símbolos, ideas u obras circulen en la sociedad. El Estado puede revisar sus espacios y criterios de exhibición, pero las decisiones que afecten expresiones culturales deben tener fundamento legal, respetar los derechos aplicables y no utilizarse como mecanismo de persecución ideológica.

El cambio de nombre del ministerio también tiene un límite concreto. La denominación actual, Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, fue establecida mediante la Ley 2319 de 2023. Por tanto, el anuncio presidencial no modifica por sí mismo la ley: para restablecer formalmente otra denominación se requiere el procedimiento jurídico correspondiente, incluida la intervención del Congreso cuando sea necesaria.

Dos escenarios para Colombia y el Cesar

Escenario 1. Una política cultural enfocada en el patrimonio, con garantías para la diversidad

En este escenario, el Gobierno fortalece la conservación de monumentos, archivos, museos, tradiciones populares y expresiones artísticas, y revisa los programas públicos con criterios transparentes. La promoción de los valores tradicionales no implica borrar otras memorias ni excluir a quienes tienen concepciones distintas de la sociedad.

Para Colombia, esta ruta podría traducirse en una política cultural con prioridades definidas, mayor evaluación del gasto y mecanismos públicos para asignar estímulos y contratos. Su legitimidad dependería de que los criterios fueran verificables, se aplicaran de manera igualitaria y permitieran la participación de artistas, investigadores y comunidades.

En el Cesar, el enfoque podría favorecer la preservación del vallenato, las músicas tradicionales, las fiestas populares, los archivos históricos y el patrimonio material e inmaterial. También podría abrir oportunidades para fortalecer escuelas de formación, festivales y procesos culturales comunitarios, siempre que la inversión llegue a los territorios y no se concentre exclusivamente en las expresiones más visibles o comercialmente rentables.

La prueba sería sencilla: que proteger las tradiciones no signifique desconocer la diversidad cultural del departamento, incluidas las comunidades indígenas, afrodescendientes y rurales, ni convertir el acceso a los recursos públicos en una recompensa por afinidad ideológica.

Escenario 2. Una política de exclusión ideológica que termine en conflictos jurídicos y culturales

El segundo escenario se produciría si la ofensiva contra el wokismo se traduce en cancelación de programas sin criterios objetivos, retiro indiscriminado de obras, restricciones a contenidos artísticos o educativos, o distribución de recursos condicionada a la adhesión a la visión del Gobierno.

En el ámbito nacional, esas medidas podrían provocar controversias administrativas, acciones judiciales y demandas de organizaciones culturales, artistas y ciudadanos que consideren vulnerados sus derechos. No toda decisión sobre financiación o exhibición constituye censura, pero las restricciones deben superar el examen de legalidad y respetar las garantías constitucionales. La controversia podría llegar a los jueces si se demuestra una afectación concreta de derechos.

En el Cesar, el riesgo sería que la disputa nacional se reproduzca en convocatorias culturales, bibliotecas, museos, festivales y proyectos financiados con recursos públicos. Una administración podría priorizar ciertas expresiones, pero si excluye otras sin justificación legal y objetiva, podría debilitar procesos comunitarios, afectar a gestores culturales y reducir la pluralidad de voces que conviven en el territorio.

El conflicto también podría alcanzar la memoria histórica. La revisión de símbolos públicos exige distinguir entre la decisión institucional de exhibir una imagen y la posibilidad de investigar, narrar o debatir sobre personajes y episodios controvertidos. El patrimonio no debe convertirse ni en propaganda oficial ni en una herramienta para borrar episodios incómodos de la historia nacional.

La disputa que también compromete a los gobiernos locales

El alcance de la política cultural no dependerá únicamente de las decisiones del presidente. Gobernaciones, alcaldías, instituciones educativas y entidades culturales deberán actuar dentro de sus competencias y de los marcos legales aplicables. Los gobiernos locales tendrán que decidir cómo traducir las orientaciones nacionales en presupuestos, convocatorias, programación y conservación patrimonial, sin perder de vista las necesidades y particularidades de sus comunidades.

Por eso, la discusión merece seguimiento sobre hechos verificables: qué programas se modifican, cuáles recursos se reasignan, qué criterios se aplican para entregar estímulos, qué obras se retiran de espacios públicos y qué mecanismos se ofrecen para controvertir esas decisiones.

La pregunta central no es si Colombia debe proteger sus tradiciones: la Constitución también reconoce ese deber. La pregunta es si esa protección se ejercerá con garantías para una sociedad plural o si se utilizará para establecer una identidad cultural oficial frente a la cual las demás expresiones deban justificarse.

La batalla cultural de De la Espriella tendrá consecuencias reales cuando pase de la retórica a las normas, los presupuestos y las decisiones institucionales. En ese momento se podrá evaluar si fortalece el patrimonio sin sacrificar derechos o si convierte las diferencias ideológicas en un nuevo criterio de exclusión. Para Colombia y el Cesar, la frontera decisiva no será entre lo tradicional y lo progresista, sino entre una política cultural sometida a la Constitución y otra que pretenda estar por encima de ella.

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